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4. Uso público y disfrute

4. USO PÚBLICO Y DISFRUTE 

4.1. Senderos como entornos para la práctica de actividades al aire libre

Los Senderos Azules, como Infraestructuras Verdes, proveen, entre otros servicios, el hecho de ser en sí mismos lugares óptimos para el fomento de actividades saludables de esparcimiento que promuevan el contacto con la naturaleza y la práctica de actividades al aire libre. En este sentido, es importante que ofrezcan una experiencia atractiva y ayuden a resaltar aspectos como la belleza de los paisajes, la tranquilidad y el silencio, además de despertar una potencial sensación de aventura y descubrimiento en los visitantes. Los Senderos Azules deberán, por tanto, huir en su planteamiento de aquellos entornos con un uso intensivo del medio ambiente, en áreas intensamente construidas y otras, como las áreas industriales. Se debe limitar también la presencia de senderos junto a infraestructuras molestas, ruidosas o que desprendan malos olores, como pueden ser las estaciones depuradoras de aguas residuales, por poner un ejemplo.

Del mismo modo, se debe potenciar que los senderos conecten, además de áreas naturales y equipamientos de interés en el ámbito rural, zonas urbanas pintorescas y cascos antiguos bien conservados, donde se fomente el comercio local, de proximidad y sostenible. También se puede completar la información de los Senderos con aspectos intangibles, como pueden ser las fiestas populares, las tradiciones y el folklore de la zona. 

4.2. Accesibilidad 

Los Senderos Azules deberán ser accesibles en aquellos tramos urbanos que discurran por un tipo de firme que permita la circulación de personas con movilidad reducida. Serán aplicables los aspectos recogidos en la Orden TMA/851/2021 sobre accesibilidad y no discriminación en el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados. Así, durante las candidaturas los municipios informarán a ADEAC sobre las acciones dirigidas a mejorar la accesibilidad de los senderos.

ADEAC ha desarrollado, en colaboración con la Fundación ONCE, los siguientes criterios de accesibilidad, divididos en obligatorios y recomendados para aquellos tramos urbanos de los Senderos Azules:

INFORMACIÓN

OBLIGATORIO

RECOMENDADO

  • La información sobre los accesos y los servicios accesibles en los paneles de información. 
  • Información de interés en formatos alternativos como Braille, pictogramas, dispositivos sonoros, etc.  
  • Mapas en relieve o maquetas indicando los itinerarios o la ubicación de los servicios accesibles y de emergencias. 

SEÑALIZACIÓN DE LOS ACCESOS

OBLIGATORIO

RECOMENDADO

  • Las infraestructuras accesibles de los Senderos Azules deben estar convenientemente señalizados con rotulación de adecuado tamaño y color (Símbolo Internacional de la Accesibilidad – SIA–).
  • Dispositivos sonoros en cruces de semáforos próximos. 

ITINERARIO PEATONAL

OBLIGATORIO

RECOMENDADO

  • Los itinerarios peatonales en los Senderos Azules deben ser accesibles (incluyendo pavimento, rebajes en las aceras, pasos de peatones y rampas donde sea necesario).  Los tramos de rampa tendrán un ancho mínimo de 1,80 m y una longitud máxima de 10 m.  
  • La pendiente máxima de las rampas será de un 10% para tramos de hasta 3 m, y de un 8% para tramos de entre 3 y 10 m. 
  • Los descansillos horizontales entre tramos de rampa tendrán una longitud mínima de 1,50 m si los tramos son rectos, o de 1,80 m si existe cambio de dirección.  
  • Las rampas dispondrán de zócalo y pasamanos a doble altura, uno inferior situado entre 0,65m y 0,75m y otro superior entre 0,95m y 1,05 m.
  • Bandas de encaminamiento.  
  • Bancos a lo largo del itinerario peatonal. 

PASARELAS ACCESIBLES 

OBLIGATORIO

RECOMENDADO

Las “pasarelas accesibles” en los Senderos Azules que discurren por playas tendrán un ancho no inferior a 1,80 m. En el caso de que no fuera posible, se admite un ancho de 1,50 m. o, incluso, puntualmente de 1,20 m. o 0,90 m. En cualquier caso se debe garantizar el giro, cruce y cambio de dirección para las personas usuarias de silla de ruedas. 

 

Los Senderos que discurran por caminos naturales no tendrán que reunir las condiciones de accesibilidad, si bien se valorarán las medidas que faciliten el tránsito y el disfrute de los senderos para todas las personas.

4.3. Senderos como recursos para la Educación Ambiental 

Los Senderos Azules son, por sí mismos, valiosos recursos para el diseño y puesta en marcha de actividades de educación ambiental dirigidas a un amplio público. Desde ADEAC se mantiene la voluntad de concebir los senderos como recursos para la realización de actividades de ocio, deportivas y de educación ambiental. Así, para obtener el galardón Sendero Azul, el municipio o ente promotor de la candidatura debe programar la realización de, al menos, una actividad de educación ambiental que emplee el propio Sendero Azul como recurso educativo.

 Entre las actividades podemos mencionar, entre otras: visitas guiadas, limpiezas comunitarias, avistamiento de aves, concursos de fotografía, actividades para observar flora o incluso estrellas. Acompañando a esta necesidad de desarrollar actividades de Educación Ambiental en los Senderos, está la realización de acciones de voluntariado, que también serán reflejadas en las candidaturas, así como el establecimiento de sinergias con el resto de programas de educación ambiental de ADEAC, tales como Bandera Azul para playas y puertos, Ecoescuelas y Jóvenes Reporteros por el Medio Ambiente.

Otro aspecto importante a tener en cuenta es la elaboración de materiales didácticos sobre el sendero que contribuyan a preservar los valores patrimoniales del entorno. 

Por último, los senderos han de facilitar y potenciar la realización de actividades deportivas y al aire libre que fomenten los hábitos de vida saludables. 

4.3. Movilidad  sostenible

Los accesos a los Senderos Azules deben ser fáciles y estar correctamente indicados. La circulación de bicicletas o caballos en los senderos quedará regulada por cada uno de los municipios, teniendo en cuenta las características y el firme del Sendero. Se debe garantizar la compatibilidad entre los diversos usos permitidos en los Senderos Azules para que no se den conflictos entre los usuarios. En la medida de las posibilidades, en especial en los tramos urbanos de los Senderos, es conveniente que existan facilidades de transporte público en los puntos inicial y final del Sendero. 

En relación a los vehículos con motor eléctrico, estos deberán circular por carriles específicos segregados de los peatones.  

4.4. Puntos de Información Turística

Los puntos de información turística en los municipios que cuenten con Senderos Azules deberán promocionar su existencia y los valores patrimoniales que albergan, ya sea a través de medios digitales, redes sociales o material impreso. 

4.5. Servicios 

Los Senderos Azules, en la medida de sus posibilidades, fomentarán el comercio sostenible y la economía local. El patrimonio inmaterial asociado a los senderos puede incluir la promoción de los productos, la artesanía y el folklore de la zona.